La clasificación L-1A está reservada para facilitar el traslado de empleados dentro de una misma empresa. Esta clasificación puede ser utilizada por pequeñas empresas o empresas de nueva creación con la finalidad de ampliar su empresa. Esta visa le permite a la empresa matriz, subsidiaria o filial en el extranjero trasladar su directivo o gerente para los efectos que se enuncian a continuación.
Requisitos
Un empleador debe:
- Tener una relación que califique con la empresa extranjera (matriz, sucursal, subsidiaria o filial, generalmente conocidas como organizaciones que califican), y
- Debe estar realizando negocios (o estará) como empleador en Estados Unidos y en al menos otro país, ya sea de manera directa o a través de una organización que califique, con la misma duración que la de la estancia del empleado en Estados Unidos como L-1.
- Siendo cierto que el negocio debe ser viable, no existe requisito alguno que deba dedicarse al comercio internacional.
Hacer negocios significa el estándar sistemático y provisión continua de bienes y/o servicios por una entidad que califica como tal. No significa la mera presencia de un agente o una oficina de la entidad que califica como tal en Estados Unidos y en el exterior.
Un empleado debe:
- Estar en el exterior por un año continuo dentro de los tres años inmediatamente previos a ser admitido(a) dentro de los Estados Unidos y haber estado trabajando para una organización que califique.
- Proveer de funciones directivas o gerenciales a una entidad en el extranjero del mismo empleador o a alguna de sus organizaciones que califiquen como tal y estar buscando ingresar a Estados Unidos para prestar servicios en lo particular.
La definición de capacidad directiva significa: la habilidad con que cuenta el empleado para tomar decisiones con base en un amplio margen de expectativas. Capacidad gerencial significa: la habilidad con que cuenta el empleado para supervisar y controlar el trabajo de otros empleados profesionistas así como administrar la organización. También podrá referirse a la habilidad del empleado para administrar una función esencial de la organización en un alto nivel organizacional sin supervisión directa.
Establecer Oficina de Nueva Creación
Empleadores extranjeros que buscan establecer oficinas de nueva creación con la finalidad de enviar a un empleado a Estados Unidos como directivo o gerente, deberá demostrar lo siguiente:
- Asegurar local físico suficiente para establecer la nueva oficina;
- El empleado ha estado trabajando como directivo o gerente por un año continuo de los últimos tres previo a presentar la solicitud; y
- La oficina en Estados Unidos debe demostrar apoyo al puesto directivo o gerencial dentro de un año de aprobada la solicitud.
Periodo de Estancia
Les es permitido a los empleados un periodo máximo de un (1) año de estancia al ingresar a los Estados Unidos para establecer la nueva oficina. Posteriormente, se les permitirá a todos los empleados un periodo máximo de estancia de hasta tres (3) años. A todos los demás empleados L-1A se les concederá una extensión de su estancia en incrementos de hasta dos (2) años adicionales, hasta que el empleado haya llegado al límite máximo de siete (7) años.
Dependientes de Trabajadores L-1
Cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al empleado que será trasladado. Tales miembros de familia pueden solicitar su ingreso bajo la categoría L-2 no-inmigrante, y siendo aprobados, generalmente se les otorgara un periodo de estancia igual que la del empleado.
Si la familia del trabajador L-1 ya se encuentra dentro de Estados Unidos y buscan cambiar su status o una extensión, entonces deberán hacerlo llenando la Forma I-539. Cónyuges pueden solicitar autorización para trabajar al presentar la Forma I-765. Al aprobarse, el cónyuge puede trabajar para cualquier empleador.