EB-2

Segunda Preferencia – Inmigración con base en el Empleo.

Si usted reúne los requisitos en alguna de las siguientes tres categorías, entonces usted deberá calificar por esta visa:

  1. Titulo Avanzado
  2. Habilidad Excepcional
  3. Exención de Interés Nacional

2.a. – Titulo Avanzado

Requisitos establecidos por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS por sus siglas en inglés) para Titulo Avanzado:

El trabajo por el cual usted está solicitando ser contratado debe requerirle de un título o grado avanzado y usted debe poseer dicho título o su equivalente (grado de licenciatura más 5 años progresivos de experiencia laboral en el ramo).

Pruebas de USCIS:

Documentación, tal como un expediente académico oficial demostrando que usted cuenta con un título avanzado en los Estados Unidos o su equivalente proveniente del extranjero, o un expediente académico oficial demostrando que usted tiene un grado de licenciatura en los Estados Unidos o su equivalente proveniente del extranjero y cartas de empleador actual o anterior donde se demuestre que usted cuenta con al menos cinco años progresivos de experiencia laboral post-licenciatura en alguna especialidad.

2.b. – Habilidad Excepcional

Usted deberá de ser capaz de demostrar habilidad excepcional en ciencia, arte o negocios. Habilidad excepcional “significa un grado de experiencia significativamente superior al normalmente encontrados en la ciencia, arte o negocios.”

Criterio utilizado por USCIS:

  1. Usted deberá reunir al menos tres de los criterios que se describen a continuación:
  2. Expediente académico oficial que demuestre que usted cuenta con título, diploma, certificado o algo similar otorgado por alguna universidad, escuela u otra institución de enseñanza relacionado con su área o habilidad excepcional.
  3. Cartas documentando al menos 10 años de experiencia de tiempo completo en su ocupación.
  4. Una licencia o certificación para ejercer su profesión u ocupación.
  5. Pruebas de que usted tuvo el dominio de un salario alto u otra remuneración por servicios que demuestren su habilidad excepcional.
  6. Membresía en una asociación profesional.
  7. Reconocimiento por parte de sus colegas, entidad gubernamental, profesional u organización empresarial por sus logros y contribuciones significativas a su industria o campo.
  8. Otro tipo de evidencia comparable para demostrar su elegibilidad también es aceptada.

Nota: Solicitudes con base en el empleo en la segunda preferencia generalmente deberán ser acompañadas de una certificación laboral individual aprobada por la Secretaria del Trabajo en forma ETA-750. Para más información favor de dirigirse a la liga de “Certificación Laboral para Extranjeros” que se encuentra en el sitio web de la Secretaria del Trabajo.

2.c. – Exención de Interés Nacional

Requisitos por parte de USCIS para calificar por una Exención de Interés Nacional:

Extranjeros que buscan una exención de interés nacional están solicitando que se les perdone el tener que presentar la Certificación Laboral ya que es en el interés de los Estados Unidos. No obstante que los trabajos que califican por una exención de interés nacional no están definidos por ley, las exenciones de interés nacional normalmente se otorgan a aquellos que tienen alguna habilidad excepcional y el que trabajen en Estados Unidos sería de gran beneficio nacional. Aquellos que buscan una exención de interés nacional pueden presentar la solicitud por si mismos (no requieren del patrocinio de un empleador) y pueden presentar su certificación laboral directamente con USCIS junto con la Forma I-140 – Solicitud para Trabajador Extranjero.

Criterio utilizado por USCIS:

Deberá de cumplir con al menos tres del criterio mencionado a continuación y demostrar que es en el interés nacional que usted trabaje de forma permanente en los Estados Unidos.

  1. Expediente académico oficial demostrando que cuenta con una licenciatura, diploma, certificado o condecoración similar de una universidad, escuela, u otra institución de enseñanza relacionada con su área de habilidad excepcional.
  2. Cartas documentando por lo menos 10 años de experiencia de tiempo completo en su ocupación.
  3. Una licencia o certificación para ejercer su profesión u ocupación.
  4. Pruebas de que usted tuvo el dominio de un salario alto u otra remuneración por servicios que demuestren su habilidad excepcional.
  5. Membresía en una asociación profesional.
  6. Reconocimiento por parte de sus colegas, entidad gubernamental, profesional u organización empresarial por sus logros y contribuciones significativas a su industria o campo.
  7. Otro tipo de evidencia comparable para demostrar su elegibilidad también es aceptada.

Formas Migratorias

Solicitudes con base en el empleo en la segunda preferencia generalmente deberán ir acompañadas de una certificación laboral individual aprobada por la Secretaria del Trabajo en Forma ETA-750.

Dependientes de Titulares de Visa EB-2

Su cónyuge e hijos menores de 18 años pudieran ser admitidos a los Estados Unidos en status de E-21 y E-22 respectivamente. Durante el proceso de solicitar status de residente permanente, su cónyuge es elegible para solicitar un permiso de trabajo (EAD por sus siglas en ingles)

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