EB-4

Cuarta Preferencia – Inmigración con Base en el Empleo.

Elegibilidad para la cuarta preferencia – Inmigración con Base en el Empleo, puede encajar en alguna de las siguientes categorías:

  1. Trabajadores y Ministros Religiosos
  2.  Locutor
  3.  Traductores del idioma Iraquí o Afgán
  4. Iraquís que han asistido a los Estados Unidos
  5. Empleados de una Organización Internacional
  6. Medico
  7. Miembros de las Fuerzas Armadas
  8. Empleados de la Zona del Canal de Panamá
  9. Empleados retirados de la OTAN-6
  10. Cónyuges e hijos de empleados fallecidos de la OTAN-6

Requisitos para la Solicitud exigidos por USCIS:

Un empleador deberá presentar una Forma I-360 para Ameriasiatico, Viuda(o), o Inmigrante Especial. No obstante esto, existen ciertas situaciones donde usted, el empleado, puede presentar una solicitud por sí mismo para usted. Revise las instrucciones cuidadosamente para determinar si califica para presentar la solicitud por sí mismo y para determinar que documentos de apoyo serán necesarios incluir.

Dependientes de Titulares de Visa EB-4

Cónyuges podrán ser admitidos a los Estados Unidos. Sus hijos, solteros menores de 21 años de edad, podrán ser admitidos a los Estados Unidos.

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